El cava valenciano gana la batalla a Cataluña y a Agricultura y podrá llevar Requena en el nombre

El cava valenciano gana la batalla a Cataluña y a Agricultura y podrá llevar Requena en el nombre

El TSJ de Madrid da la razón a la Generalitat y a los productores valencianos, que tenían vetada la comercialización del espumoso como “cava de Requena”

El cava de Requena podrá ser de Requena. Es decir, el cava valenciano podrá llevar en su nombre el apellido de Requena. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado la razón al espumoso valenciano que, en contra de los productores catalanes y del propio Ministerio de Agricultura, tenía vetado comercializarse como “cava de Requena”.

La sección cuarta de la sala de lo contencioso administrativo del alto tribunal ha estimado el recurso presentado por la Generalitat y la Asociación de Elaboradores de Cava de Requena contra la pretensión del Consejo Regulador de la Denominación de Origen (DO) Cava, donde siempre se han impuesto las tesis de las bodegas catalanas, de impedir a los espumosos elaborados en el municipio valenciano de Requena el uso de dicha identificación de su origen. Este organismo contaba con el aval de una resolución del Ministerio de Agricultura.

La polémica lleva tiempo arrastrándose, y tiene su origen en la autorización como zona geográfica de producción de varios términos municipales de Álava, Badajoz, Barcelona, Girona, La Rioja, Lleida, Navarra, Tarragona, Zaragoza y Valencia. El Consejo Regulador dio luz verde al uso de subdenominaciones para identificar, dentro de la DO, los lugares de producción, por lo que el Ministerio aceptó en su día “Comtats de Barcelona”, “Valle del Ebro” y “Viñedos de Almendralejo”.

Sin embargo, no dio el visto bueno a la de Requena, basándose en que ya había otro sello vitivinícola que usaba la denominación de Requena. En este caso, la DOP Utiel-Requena. Tras un primer intento de nombrar entonces al cava valenciano como “Altos de Levante”, el Gobierno valenciano se opuso de forma tajante. Fue entonces cuando se propuso “cava de Requena”, denominación que fue rechazada con el argumento de que podía llevar a la confusión del consumidor, que podría no distinguir entre el vino y el cava de Requena.

Sin embargo, fuentes de la Generalitat han destacado que el TSJ “desmonta de manera rotunda esa tesis”, al señalar lo que ya decía el recurso valenciano: que esa coincidencia es aceptada de mutuo acuerdo por los elaboradores del cava de Requena y por la DO Utiel-Requena sin que se haya producido problema alguno.

Es más, el tribunal destaca de manera explícita “la coexistencia pacífica” entre los cavas de Requena y los vinos de Utiel-Requena durante casi 40 años, “con la aquiescencia de los responsables para velar por la calidad de los productos y la protección de los consumidores”. Hasta el punto de que la sentencia concluye afirmando que el reconocimiento de Requena para designar dicha zona de producción de cava “es la única opción aceptable en Derecho”.

La consellera valenciana de Agricultura, Isaura Navarro, ha apuntado que “se trata de un gran éxito que permite seguir creciendo en la promoción del cava de gran calidad de Requena, nuestra marca de proximidad”. “Esperemos que sea un revulsivo más de cara a su promoción en fechas tan señaladas como las fiestas de Navidad”, ha insistido.

Esta victoria judicial llega meses después de otra no menos importante, como fue la entrada por primera vez el pasado verano en el Consejo Regulador de la DO Cava con una candidatura conjunta entre Requena y el municipio extremeño de Almendralejo.

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